Cualquier persona podría detener a otra si la encuentra en flagrante delito. Constitucionalistas advierten que norma colisiona con la Carta Magna.
Aunque la entrada en vigencia del arresto ciudadano en todo el país estaba prevista para el 2013, el pleno del Congreso de la República aprobó ayer un dictamen para que se ponga en práctica a partir del 1 de julio de este año. Si el Poder Ejecutivo la promulga —todo indica que así será tomando en cuenta que el Gobierno ha sido impulsor de esta medida—, en menos de dos meses Cualquier Persona que sorprenda en Flagrante Delito a otra podrá Detenerla y Entregarla a la Policía. ¿Será así de simple?
El dictamen aprobado adelanta la vigencia de los artículos 259 y 260 del Código Procesal Penal sobre la figura del arresto, los cuales solo estaban vigentes en los distritos judiciales de Huaura y La Libertad.
El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Juan Carlos Eguren, argumentó que se decidió adelantar su vigencia porque se han obtenido logros importantes en las jurisdicciones donde se implementó el nuevo Código Procesal Penal. “Hasta la fecha se han registrado más de 700 casos de arresto ciudadano sin presentarse denuncias de abuso o maltrato”, apuntó.
IN FRAGANTI
El artículo 259 del Código Procesal Penal establece que la policía detendrá, sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante delito. Mientras que el artículo 260 permite que un ciudadano arreste a alguien si lo sorprende in fraganti, es decir, en el instante en que comete el delito o inmediatamente después. Además, deberá entregarlo a la policía con todas las evidencias que lo vinculen con el hecho delictivo.
Según los constitucionalistas Raúl Ferrero y Jorge Avendaño, para que un ciudadano pueda detener a otro, se tendría que modificar la Constitución. “Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito”, se lee en el artículo 2, inciso 24, literal f de la Carta Magna.
El equipo de abogados del consorcio Justicia Viva advierte el riesgo de la aplicación del arresto ciudadano: puede dar pie a abusos y atropellos. Originalmente, la norma fue planteada como parte de una reforma procesal penal.
“La norma otorga una facultad y no una obligación jurídica; no se trata de hacer que el ciudadano haga una labor para la que no está preparado y menos exponerlo a peligro y violaciones de sus derechos”, indicó Juan Carlos Ruiz, abogado de dicha organización. La ministra de Justicia, Rosario Fernández, ha opinado en otra dirección: “Esta norma busca Legitimar al Ciudadano para que pueda Ayudar a Mantener la Tranquilidad Pública”.
A Fernández la respaldan los alcaldes distritales, quienes han promovido la aprobación del arresto ciudadano en el Congreso. Los alcaldes Enrique Ocrospoma (Jesús María) y Manuel Masías (Miraflores) sostienen que con el nuevo Código Procesal Penal los serenos también realizarán detenciones. Ello ha dado pie a otra discusión.
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Arresto Ciudadano: Estoy de acuerdo porque en Lima la delincuencia está aumentando sin límite alguno, ya no se puede vivir tranquilo ni en nuestra misma casa, robos en la esquina de la calle, cuantas veces uno se siente impotente de no poder hacer nada justo en el mismo instante de ver a un choro robar un celular en la combi??
Ya era hora! Pero tendría que capacitarse a la policia previamente para que sepan sus nuevas funciones! Claro que me parece que es un poco apresurado porque no sería tan simple de arrestar y entregarlo, la policía podría cometer abusos y excederse en sus funciones como siempre lo hace....Yo vi una vez en la Av. Larco - Miraflores, una intervención policial donde estos mismos a vista y paciencia de toooodo el mundo, pararon el station wagon y abrieron la maletera y colocaron ketes de droga!!
viernes, 15 de mayo de 2009
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