miércoles, 3 de junio de 2009

Aspec: El MTC puede aplicar topes a tarifas aéreas si se detectan abusos

18:40 El titular de la asociación peruana de consumidores, Jaime Delgado, criticó que aerolíneas cobren más por un boleto nacional que por uno internacional.

(Andina).- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) debería considerar la posibilidad de establecer tarifas topes si una empresa aerocomercial abusa de su posición de dominio en el mercado al cobrar tarifas exageradas, planteó hoy el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Jaime Delgado.

El representante de los consumidores manifestó que su planteamiento se fundamenta en el artículo 84 de la Ley de Aeronáutica Civil, que considera la posibilidad de señalar tarifas máximas de manera extraordinaria y por un período determinado.

Delgado se mostró contrario al control de precios en el mercado pero -añadió- ante el abuso de cobrar tarifas exageradas es necesario que en el MTC salga a favor de los consumidores.

Indicó que ante la falta de competencia en el mercado nacional una compañía aérea cobra hasta 400 dólares por un boleto Arequipa, Cusco, Arequipa, lo resulta -dijo- inaceptable pues un boleto Lima-Miami-Lima vale 360 dólares.

“Resulta que muchas veces viajar por el interior del país es más caro que viajar al extranjero”, afirmó Delgado.

NUEVAS COMPAÑÍAS AÉREAS
Precisó que es necesario aplicar una política de cielos abiertos con incentivos tributarios para permitir el ingreso de nuevas compañías aéreas y los consumidores puedan tener la libertad de elegir entre varias opciones.

Manifestó que Aspec ha realizado una investigación con el Grupo Andino de Consumidores donde se había identificado una serie de situaciones que afectaban los derechos de los pasajeros.

“A la falta de competencia, se sumaban las tarifas altas y la falta de información, pues los pasajeros no conocen sus derechos y cómo deben actuar cuando sus derechos han sido vulnerados”, dijo Delgado.

Explicó que tampoco había mecanismos fáciles para interponer reclamos y las compañías aéreas colocaban cláusulas abusivas en la contratación de sus servicios.

Frente a los hechos investigados, Aspec planteó establecer mecanismos de información sobre los derechos de los pasajeros a través de cartillas, paneles y otros medios de difusión a cargo de las autoridades y de las propias compañías aéreas.

Asimismo, consideró necesario establecer un libro o hoja de reclamaciones en todos los aeropuertos para que los pasajeros puedan tener la facilidad de presentar sus reclamos en el momento y luego enviar este libro al MTC para organizar una estadística de reclamos.

“No sólo se quedaría en el reclamo sino que se multaría a las compañías aéreas por las infracciones verificadas que pudiera cometer”, afirmó.

Dijo que viene sosteniendo reuniones con autoridades del MTC, congresistas y con las representantes de líneas aéreas para mejorar los servicios que se brindan al público usuario.

CONOZCA SUS DERECHOS
De acuerdo a Decisión 619 de la Comisión de la Comunidad Andina del 15 de julio del 2005, los usuarios del transporte aéreo tienen derecho a compensaciones. Si el vuelo se retrasa entre 2 a 4 horas el usuario tiene derecho a un refrigerio y una llamada telefónica.

Si el retraso es superior a 4 horas e inferior a 6 horas tiene derecho a un desayuno, almuerzo o comida, según la hora. Cuando el retraso sea superior a las 6 horas tiene derecho a alimentación y hospedaje en los casos en que sea necesario pernoctar. También a gastos de traslado o el reembolso a elección del pasajero.

Tiene derecho a ser informado sobre cualquier cambio o circunstancia que afecte la reserva acordada por lo menos con 4 horas de antelación al vuelo.

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